Miércoles 21 de octubre de 2026
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Avanza Ley Antimemes en México; diputados aprueban reforma

Avanza Ley Antimemes en México; diputados aprueban reforma

Con 312 votos a favor y 119 en contra, Morena y sus aliados aprobaron en lo general una reforma que contempla multas de hasta 1.17 millones de pesos y penas de prisión. La oposición advierte riesgos para la libertad de e

CDMX.- La llamada Ley Antimemes avanzó este miércoles 21 de octubre en la Cámara de Diputados, luego de que Morena y sus aliados consiguieran aprobar en lo general una reforma que contempla penas de uno a cinco años de prisión para quienes utilicen o imiten la identidad gráfica de instituciones gubernamentales con fines comerciales y la intención de cometer un ilícito mediante el engaño.

El dictamen obtuvo 312 votos a favor, 119 en contra y ninguna abstención, con el respaldo de Morena, Partido del Trabajo (PT) y Partido Verde Ecologista de México (PVEM), frente al rechazo de las bancadas del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano (MC).

La votación permitió que la propuesta continuara su trámite legislativo, aunque abrió una controversia sobre sus posibles implicaciones para periodistas, caricaturistas y ciudadanos que utilizan imágenes oficiales para elaborar contenidos humorísticos o críticas políticas.

La iniciativa, presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum, contempla modificaciones al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, con el propósito declarado de combatir la suplantación de instituciones públicas, la piratería y los fraudes cometidos mediante el uso indebido de símbolos gubernamentales.

El artículo 403 Bis de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial establece sanciones de uno a cinco años de prisión y multas de mil a 10 mil unidades de medida y actualización (UMA), equivalentes en 2026 a cantidades que van de 117 mil 310 a un millón 173 mil 100 pesos.

La disposición contempla castigar a quienes utilicen, reproduzcan, imiten o incorporen, a escala comercial, logotipos, emblemas, dominios electrónicos o documentos oficiales pertenecientes a instituciones de los tres órdenes de gobierno, cuando exista la intención de engañar sobre su origen oficial para cometer un ilícito.

La redacción no establece que la simple elaboración o publicación de un meme constituya un delito. Para configurar la conducta sancionable deben concurrir los elementos previstos en el artículo, entre ellos su carácter comercial y la intención de cometer un acto ilícito mediante el engaño.

Sin embargo, la ausencia de una excepción explícita para la sátira y la parodia política fue uno de los principales puntos de confrontación durante el debate legislativo.

Legisladores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano cuestionaron que la mayoría oficialista rechazara incorporar una disposición que protegiera expresamente las caricaturas, los memes y otras manifestaciones de crítica política.


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Equipo editorial · BCTneus